Amenazas para la Vigilancia Tecnológica
Con frecuencia se tiende a confundir la práctica de la Vigilancia Tecnológica
con el espionaje industrial, particularmente cuando se carece de formación en
técnicas de gestión de la información técnica y de negocios. No es extraño, por
tanto, que la Asociación
de Profesionales de la Inteligencia Competitiva (Society for Competitive
Intelligence Professionals, SCIP) haya redactado un código deontológico que
debe regir las actuaciones de los profesionales de este campo basado en la
ética profesional y el respeto de las leyes (SCIP. Código deontológico para
profesionales de la
Vigilancia e Inteligencia Competitiva) en donde se definen
las siguientes acciones:
- Esforzarse continuamente
por aumentar el respeto y el reconocimiento para la profesión.
- Perseguir las tareas con
entusiasmo y diligencia manteniendo el mayor grado de profesionalidad,
evitando toda práctica contraria a la ética.
- Mantenerse fiel y acatar
las políticas, objetivos y directrices de su propia organización o
empresa.
- Cumplir con todas las leyes
vigentes.
- Revelar con exactitud antes
de todas las entrevistas toda la información relevante, incluyendo la
identidad propia y organizativa.
- Respetar plenamente todas
las solicitudes de confidencialidad de la información.
- Promover y alentar la
conformidad plena con estas normas éticas dentro de la propia empresa, con
terceras partes contratantes y dentro del conjunto de la profesión.
Para Rouach (1996), la Inteligencia Competitiva se distingue del
espionaje industrial en que ésta sólo se ocupa de la gestión de informaciones
obtenidas por medios absolutamente legales, aunque a veces la frontera entre lo
permitido y lo prohibido no esté perfectamente delimitada.
La capacidad de observación y gestión de información es mayor que la que
intuitivamente pensamos. Diversos autores estiman que el porcentaje de
información útil disponible, sin inflingir barreras legales o éticas
profesionales, se aproxima al 90%. En esta línea, la información se puede
agrupar en tres categorías en función de la libertad de acceso y facilidad de
explotación (E. Werner, 1994):
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Tipo
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Acceso
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Explotación
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Pública (materia blanca y gris)
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Libre
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Libre
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Reservada (derechos patente, propiedad intelectual...)
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Libre
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Limitada (bajo autorización propietario)
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Confidencial (previsiones, ventas, asignación responsables,
resultado I+D...)
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Penalizado (solo obtenible fraudulentamente)
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Inasequible (solo si el acceso legal es libre)
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Fuente
Vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva: su potencial
para la empresa española. Fernando Palop y José M. Vicente. 1999