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Planes de actuación para especies amenazadas
Convenios internacionales:
- Convenio RAMSAR
- Convenio de Berna
- Convenio de Bonn
- Convenio de Washington
- Convenio de Río
Europa:
- Directiva 79/409/CEE de Aves
- Directiva Hábitats
España:
- Catálogo Nacional de Especies Amenazadas
- Proyectos de conservación de
fauna amenazada
Los problemas de conservación de la biodiversidad deben ser tratados
a diversos niveles, por lo que no sólo es necesario actuar a nivel
regional o nacional, sino que es necesaria la cooperación internacional
para resolverlos. Por otra parte, determinados espacios naturales
situados en países concretos han sido declarados patrimonio de la
Humanidad. Por todo ello es necesaria la creación de declaraciones
y convenios internacionales, y legislación estatal y autonómica para
la conservación de la biodiversidad.
En España, corresponde a la Administración General del Estado, la
legislación básica de carácter nacional, y la atención a las obligaciones
internacionales. Las Comunidades Autónomas podrán desarrollar normativa
básica y medidas adicionales de conservación, y gestionar los recursos
naturales.
Los convenios internacionales tratan temas concretos que afectan a
todos o a varios países. Los más destacados en lo referente a la conservación
de los vertebrados son los siguientes:
Convenio
RAMSAR. (Irán, 1971) Creado para proteger los Humedales de
Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas.
El convenio fue firmado el 2 de febrero de 1971 en Ramsar (Irán),
entrando en vigor en 1975. Este convenio ha sido el único tratado
internacional dedicado a la protección y el uso racional de un tipo
determinado de hábitats como son los humedales.
Los países miembros de la Convención se comprometen a:
Designar al menos un humedal que responda a los criterios de Ramsar
para su inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional
y asegurar el mantenimiento de las condiciones ecológicas de cada
sitio de la Lista
Incluir las cuestiones referidas a los humedales en la planificación
del suelo a nivel nacional
Establecer reservas que incluyan humedales y promover la capacitación
en el campo de la investigación, gestión y custodia de los humedales
Consultar con las otras Partes acerca de la aplicación de la Convención,
especialmente en lo relacionado a humedales trasfronterizos, sistemas
hidrológicos compartidos, especies compartidas y proyectos de desarrollo
que afecten a los humedales
Convenio
de Berna, sobre la conservación de la fauna y de la flora
salvajes y de sus hábitats naturales en Europa. Se creó en Berna,
el 19 de septiembre de 1979 durante la Tercera Conferencia Ministerial
de Medio Ambiente y está en vigor desde 1982.
Sus objetivos son asegurar la conservación de la flora silvestre,
de la fauna salvaje y de sus hábitats naturales, especialmente de
las especies en peligro de extinción y vulnerables (incluyendo las
especies migratorias) y de aquéllas cuya conservación requiere de
la cooperación de más de un Estado.
Este convenio consta de tres anexos: anexo I (incluye especies de
flora estrictamente protegidas), anexos II (especies de fauna estrictamente
protegidas) y anexo III (especies de fauna protegidas).
Este convenio prohíbe, para las especies del anejo II, la captura
intencionada, de posesión y muerte intencionadas, el deterioro o la
destrucción intencionados de los lugares de reproducción o de las
zonas de reposo; la perturbación intencionada de la flora silvestre;
la destrucción o recolección intencionada de huevos, la posesión y
el comercio interior de los animales vivos, muertos, disecados, etc.
Para las especies del anejo III, se dice que cualquier explotación
de estas especies se regulará de tal forma que mantenga la existencia
de esas poblaciones fuera de peligro. España firmó el convenio con
la reserva de que las especies de invertebrados del anejo II ("estrictamente
protegidas") pasaran al anejo III. (Fuente: Ministerio de Medio Ambiente)
Convenio
de Bonn, sobre la conservación de especies migratorias.
Esta Convención fue firmada el 23 de Junio de 1979. En ella los países
firmantes reconocen la importancia de proteger a las especies migratorias
como elementos irreemplazables dentro del ecosistema, llegando al
acuerdo de conservarlas en beneficio de todo el planeta, entendido
éste como un sistema interconectado, donde cada parte se ve influida
y afectada por las demás. (Fuente: Ministerio
de Medio Ambiente)
Incluye dos apéndices: Apéndice I (Especies migratorias amenazadas)
y apéndice II (Especies migratorias que deben ser objeto de acuerdo).
Respecto a las especies del apéndice I, los estados firmantes se comprometen
a proihibir tomar, cazar, pescar, capturar, hostigar intencionadamente,
matar con premeditación o con cualquier otro intento análogo; para
las especies del apéndice II se deben concluir acuerdos internacionales
para su conservación.
Convenio de Washington sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de la Flora y la Fauna Silvestres (CITES), creado
el de 3 de marzo de 1973 y en vigor desde 1995.
El objetivo es proteger ciertas especies de fauna y flora silvestres
contra la explotación excesiva mediante el comercio internacional.
Abarca especies de fauna y flora silvestres en peligro de extinción;
y especies de fauna y flora silvestres que no necesariamente se encuentran
en peligro de extinción, pero que requieren sea restringido su comercio
internacional, para evitar su utilización incompatible con la supervivencia
de dichas especies y lograr así un control eficaz.
El CITES contempla cuatro apéndices: en el primero se incluyen especies
de animales y plantas en peligro de extinción que pueden estar afectadas
por el comercio, y cuya regulación debe de ser particularmente estricta.
El apéndice II recoge las especies que podrían llegar a estar en peligro
de extinción, aunque hoy en día no lo estén.
El apéndice III reúne especies cuyo comercio debe de restringirse.
El apéndice IV muestra el modelo de permiso de exportación.
Convenio
de Río, para la conservación de la diversidad biológica. Creado
en Río de Janeiro en 1992, entrando en vigor el 19 de diciembre de
1993.
Los objetivos son la conservación de la diversidad biológica, la utilización
sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa
en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos
genéticos, mediante un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia
apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos
los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante
una financiación apropiada.
A nivel Europeo la Directiva
Hábitats y la Directiva
79/409/CEE de Aves constituyen el eje principal de la política
europea en lo referente a la conservación de la naturaleza.
La Directiva
79/409/CEE de Aves, más conocida como Directiva Aves, fue aprobada
en 1979 por los Estados de la Unión Europea, constituyendo la primera
norma europea dedicada a la conservación de las aves. Para ello se
estableció la obligación de clasificar como ZEPAs los territorios
más apropiados en número y superficie para la conservación de las
175 especies de aves más amenazadas en la Unión Europea, así como
las áreas más importantes para las especies migratorias.
La Directiva
92/43/CEE sobre la conservación de los hábitats naturales y de la
fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats), aprobada en 1992,
tiene como principal objetivo contribuir a la conservación de la biodiversidad
mediante la protección de los ecosistemas y de las especies de flora
y fauna salvajes, considerados amenazados en el territorio de la Unión
Europea.
En esta directiva se establece la creación de la Red Natura 2000,
constituida por los ecosistemas y hábitats naturales más representativos
de Europa. La Red está formada por las zonas especiales de conservación
(ZEC) y por las zonas de especial protección para las aves
(ZEPA). En España, las administraciones responsables de proponer
ZEPA's y ZEC's son las Comunidades Autónomas, aunque con posterioridad
sea la Administración Central la que eleve el conjunto de listas autonómicas
a la Comisión Europea
En España, se crea el Catálogo
Nacional de Especies Amenazadas, mediante la Ley 4/89 (regulado
por el R.D. 439/1990), en el que se incluyen a las especies, subespecies
y poblaciones de animales y plantas que requieran medidas específicas
de protección por parte de las Administraciones Públicas.
La inclusión en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas de una
especie, en una determinada categoría implica la elaboración el un
Plan de actuación por parte de las Comunidades Autónomas donde
se localizan los ejemplares afectados, para devolverlas a un buen
estado de conservación. Existen cuatro tipos de Planes de actuación,
según la categoría de amenaza de cada especie:
- Planes de Recuperación, en el caso de especies declaradas
“en peligro de extinción”. En la actualidad aparecen catalogadas
en esta categoría un total de 149 especies de plantas vasculares
y de fauna.
- Planes de Conservación del Hábitat, previstos para las
especies sensibles a la alteración de sus espacios vitales.
- Planes de Conservación, si se trata de especies catalogadas
en la categoría de “vulnerable”. En su caso, también se exige
la redacción de un Plan de protección de su hábitat.
- Planes de Manejo, para las especies de “interés especial”.
La Ley 4/89, faculta a las Comunidades Autónomas para la elaboración
de sus correspondientes catálogos de especies amenazadas, en el marco
de sus respectivas leyes de protección de flora y fauna silvestres.
Proyectos de conservación de fauna amenazada
La conservación de las especies más representativas de la fauna ibérica,
es un tema prioritario no solo a nivel estatal sino también a nivel
europeo. La Unión Europea financia actividades destinadas a la conservación
de las especies de fauna y flora más amenazados. En el caso de los
vertebrados, en la convocatoria del año 2001 la Comisión Europea ha
seleccionado 11 proyectos de conservación españoles, con un coste
total de 21, 64 millones de euros. El programa LIFE-Nature contribuye
con aproximadamente el 50 % del total presupuestado.
Estos fondos irán destinados a proyectos de conservación del Lince
ibérico en Andalucía, cetáceos y tortugas en Murcia y Andalucía, Aguila
perdicera en Murcia, Carricerín cejudo en Palencia, Quebrantahuesos
en los Picos de Europa, Gaviota de Andouin en Valencia y Cataluña,
Visón europeo en Cataluña, y finalmente el Lagarto gigante en La Gomera.
(Fuente: La Vanguardia)
Proyectos destacados de años anteriores son:
Proyecto LIFE "Conservación del oso pardo en Asturias" (Contrato
LIFE Nº B4-3200/98/448), realizado por el Fondo
para la Protección de los Animales Salvajes (FAPAS). Ha sido realizado
entre los años 1998 y 2001, teniendo como objetivo mantener y aumentar
en número de individuos de Oso pardo en la Cordillera Cantábrica.
(Fuente: FAPAS)
En 1994 se pone en marcha el proyecto LIFE de Conservación de los
Vertebrados Amenazados en los Pirineos, con el objetivo de conservar
las tres especies más amenazadas de los Pirineos: El Bucardo, el Oso
Pardo y el Quebrantahuesos. (Fuente: FCQ)
En 1998 el Gobierno de Aragón junto con la Fundación para la Conservación
del Oso Pardo inician el Plan de Recuperación del Quebrantahuesos
en los sistemas montañosos del Noroeste de España con apoyo financiero
de la U.E. a través del Programa LIFE-Naturaleza (LIFE98 NAT/E/005296),
con el objetivo de favorecer la recolonización del quebrantahuesos
en el Sistema Ibérico, y consolidar las poblaciones pirenaicas (Fuente:
FCQ)
En 1993 se inició el programa LIFE para la conservación del Aguila
imperial ibérica, en Castilla- La Mancha, con un presupuesto de 446
millones de pesetas financiado en un 75 % por la Unión Europea. (Fuente:
Junta de Castilla-La Mancha). En Castilla y León, se han aprobado
proyectos LIFE para este ave en los años 1992 (LIFE92 NAT/E/014302),
1994 (LIFE94 NAT/E/001044), y (LIFE95 NAT/E/001151). (Fuente: Junta
de Castilla y León. Consejería de Medio Ambiente)
Otros proyectos destacados en lo referente a la conservación de vertebrados
amenazados en Castilla y León son:
Conservación del lince ibérico (Lynx pardina) en Castilla y
León (LIFE94 NAT/E/001186, año 1994)
Conservación del lince ibérico (Lynx pardina) en Castilla y
León (LIFE95 NAT/E/004817, año 1995)
Conservación y Gestión integral del hábitat de la avutarda (Otis
tarda) en la ZEPA de Villafáfila (Zamora, España) (LIFE NAT-B4-3200/506,
año 1996)
Acciones prioritarias para la protección de murciélagos en la Comunidad
de Castilla y León (LIFE96 NAT/E/003081), Conservación del águila
perdicera (Hieraetus fasciatus) y la cigüeña negra (Ciconia nigra)
en la ZEPA de "Arribes del Duero" (Zamora, Salamanca - España)
(LIFE NAT-B4-3200/97/253, año 1997)
Conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) en la
ZEPA de Villafáfila (Zamora, España) (LIFE99 NAT-E-006341, año 1999)
Manejo del hábitat de la avutarda (Otis tarda) en la ZEPA de
Villafáfila (Zamora, España) (LIFE99 NAT/E/006350, año 1999). (Fuente:
Junta
de Castilla y León. Consejería de Medio Ambiente)
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