Especiales Tecnociencia  
Junio 2003
Especial Vertebrados Amenazados
Introducción
Catálogo de especies de vertebrados amenazados
Organismos que realizan tareas de gestión y conservación
Planes de actuación para especies amenazadas
Especies más amenazadas
Legislación
Bibliografía
Recursos en internet
Planes de actuación para especies amenazadas

Convenios internacionales:

- Convenio RAMSAR
- Convenio de Berna
- Convenio de Bonn
- Convenio de Washington
- Convenio de Río

Europa:

- Directiva 79/409/CEE de Aves
- Directiva Hábitats

España:

- Catálogo Nacional de Especies Amenazadas
- Proyectos de conservación de fauna amenazada

Los problemas de conservación de la biodiversidad deben ser tratados a diversos niveles, por lo que no sólo es necesario actuar a nivel regional o nacional, sino que es necesaria la cooperación internacional para resolverlos. Por otra parte, determinados espacios naturales situados en países concretos han sido declarados patrimonio de la Humanidad. Por todo ello es necesaria la creación de declaraciones y convenios internacionales, y legislación estatal y autonómica para la conservación de la biodiversidad.

En España, corresponde a la Administración General del Estado, la legislación básica de carácter nacional, y la atención a las obligaciones internacionales. Las Comunidades Autónomas podrán desarrollar normativa básica y medidas adicionales de conservación, y gestionar los recursos naturales.

Los convenios internacionales tratan temas concretos que afectan a todos o a varios países. Los más destacados en lo referente a la conservación de los vertebrados son los siguientes:

Convenio RAMSAR. (Irán, 1971) Creado para proteger los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas. El convenio fue firmado el 2 de febrero de 1971 en Ramsar (Irán), entrando en vigor en 1975. Este convenio ha sido el único tratado internacional dedicado a la protección y el uso racional de un tipo determinado de hábitats como son los humedales.

Los países miembros de la Convención se comprometen a:

Designar al menos un humedal que responda a los criterios de Ramsar para su inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional y asegurar el mantenimiento de las condiciones ecológicas de cada sitio de la Lista

Incluir las cuestiones referidas a los humedales en la planificación del suelo a nivel nacional

Establecer reservas que incluyan humedales y promover la capacitación en el campo de la investigación, gestión y custodia de los humedales

Consultar con las otras Partes acerca de la aplicación de la Convención, especialmente en lo relacionado a humedales trasfronterizos, sistemas hidrológicos compartidos, especies compartidas y proyectos de desarrollo que afecten a los humedales

Convenio de Berna, sobre la conservación de la fauna y de la flora salvajes y de sus hábitats naturales en Europa. Se creó en Berna, el 19 de septiembre de 1979 durante la Tercera Conferencia Ministerial de Medio Ambiente y está en vigor desde 1982.

Sus objetivos son asegurar la conservación de la flora silvestre, de la fauna salvaje y de sus hábitats naturales, especialmente de las especies en peligro de extinción y vulnerables (incluyendo las especies migratorias) y de aquéllas cuya conservación requiere de la cooperación de más de un Estado.

Este convenio consta de tres anexos: anexo I (incluye especies de flora estrictamente protegidas), anexos II (especies de fauna estrictamente protegidas) y anexo III (especies de fauna protegidas).

Este convenio prohíbe, para las especies del anejo II, la captura intencionada, de posesión y muerte intencionadas, el deterioro o la destrucción intencionados de los lugares de reproducción o de las zonas de reposo; la perturbación intencionada de la flora silvestre; la destrucción o recolección intencionada de huevos, la posesión y el comercio interior de los animales vivos, muertos, disecados, etc. Para las especies del anejo III, se dice que cualquier explotación de estas especies se regulará de tal forma que mantenga la existencia de esas poblaciones fuera de peligro. España firmó el convenio con la reserva de que las especies de invertebrados del anejo II ("estrictamente protegidas") pasaran al anejo III. (Fuente: Ministerio de Medio Ambiente)

Convenio de Bonn, sobre la conservación de especies migratorias. Esta Convención fue firmada el 23 de Junio de 1979. En ella los países firmantes reconocen la importancia de proteger a las especies migratorias como elementos irreemplazables dentro del ecosistema, llegando al acuerdo de conservarlas en beneficio de todo el planeta, entendido éste como un sistema interconectado, donde cada parte se ve influida y afectada por las demás. (Fuente: Ministerio de Medio Ambiente)

Incluye dos apéndices: Apéndice I (Especies migratorias amenazadas) y apéndice II (Especies migratorias que deben ser objeto de acuerdo).

Respecto a las especies del apéndice I, los estados firmantes se comprometen a proihibir tomar, cazar, pescar, capturar, hostigar intencionadamente, matar con premeditación o con cualquier otro intento análogo; para las especies del apéndice II se deben concluir acuerdos internacionales para su conservación.

Convenio de Washington sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Flora y la Fauna Silvestres (CITES), creado el de 3 de marzo de 1973 y en vigor desde 1995.

El objetivo es proteger ciertas especies de fauna y flora silvestres contra la explotación excesiva mediante el comercio internacional. Abarca especies de fauna y flora silvestres en peligro de extinción; y especies de fauna y flora silvestres que no necesariamente se encuentran en peligro de extinción, pero que requieren sea restringido su comercio internacional, para evitar su utilización incompatible con la supervivencia de dichas especies y lograr así un control eficaz.

El CITES contempla cuatro apéndices: en el primero se incluyen especies de animales y plantas en peligro de extinción que pueden estar afectadas por el comercio, y cuya regulación debe de ser particularmente estricta.

El apéndice II recoge las especies que podrían llegar a estar en peligro de extinción, aunque hoy en día no lo estén.

El apéndice III reúne especies cuyo comercio debe de restringirse.

El apéndice IV muestra el modelo de permiso de exportación.

Convenio de Río, para la conservación de la diversidad biológica. Creado en Río de Janeiro en 1992, entrando en vigor el 19 de diciembre de 1993.

Los objetivos son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada.

A nivel Europeo la Directiva Hábitats y la Directiva 79/409/CEE de Aves constituyen el eje principal de la política europea en lo referente a la conservación de la naturaleza.

La Directiva 79/409/CEE de Aves, más conocida como Directiva Aves, fue aprobada en 1979 por los Estados de la Unión Europea, constituyendo la primera norma europea dedicada a la conservación de las aves. Para ello se estableció la obligación de clasificar como ZEPAs los territorios más apropiados en número y superficie para la conservación de las 175 especies de aves más amenazadas en la Unión Europea, así como las áreas más importantes para las especies migratorias.

La Directiva 92/43/CEE sobre la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats), aprobada en 1992, tiene como principal objetivo contribuir a la conservación de la biodiversidad mediante la protección de los ecosistemas y de las especies de flora y fauna salvajes, considerados amenazados en el territorio de la Unión Europea.

En esta directiva se establece la creación de la Red Natura 2000, constituida por los ecosistemas y hábitats naturales más representativos de Europa. La Red está formada por las zonas especiales de conservación (ZEC) y por las zonas de especial protección para las aves (ZEPA). En España, las administraciones responsables de proponer ZEPA's y ZEC's son las Comunidades Autónomas, aunque con posterioridad sea la Administración Central la que eleve el conjunto de listas autonómicas a la Comisión Europea

En España, se crea el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, mediante la Ley 4/89 (regulado por el R.D. 439/1990), en el que se incluyen a las especies, subespecies y poblaciones de animales y plantas que requieran medidas específicas de protección por parte de las Administraciones Públicas.

La inclusión en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas de una especie, en una determinada categoría implica la elaboración el un Plan de actuación por parte de las Comunidades Autónomas donde se localizan los ejemplares afectados, para devolverlas a un buen estado de conservación. Existen cuatro tipos de Planes de actuación, según la categoría de amenaza de cada especie:
  • Planes de Recuperación, en el caso de especies declaradas “en peligro de extinción”. En la actualidad aparecen catalogadas en esta categoría un total de 149 especies de plantas vasculares y de fauna.


  • Planes de Conservación del Hábitat, previstos para las especies sensibles a la alteración de sus espacios vitales.


  • Planes de Conservación, si se trata de especies catalogadas en la categoría de “vulnerable”. En su caso, también se exige la redacción de un Plan de protección de su hábitat.


  • Planes de Manejo, para las especies de “interés especial”.

La Ley 4/89, faculta a las Comunidades Autónomas para la elaboración de sus correspondientes catálogos de especies amenazadas, en el marco de sus respectivas leyes de protección de flora y fauna silvestres.


Proyectos de conservación de fauna amenazada

La conservación de las especies más representativas de la fauna ibérica, es un tema prioritario no solo a nivel estatal sino también a nivel europeo. La Unión Europea financia actividades destinadas a la conservación de las especies de fauna y flora más amenazados. En el caso de los vertebrados, en la convocatoria del año 2001 la Comisión Europea ha seleccionado 11 proyectos de conservación españoles, con un coste total de 21, 64 millones de euros. El programa LIFE-Nature contribuye con aproximadamente el 50 % del total presupuestado.

Estos fondos irán destinados a proyectos de conservación del Lince ibérico en Andalucía, cetáceos y tortugas en Murcia y Andalucía, Aguila perdicera en Murcia, Carricerín cejudo en Palencia, Quebrantahuesos en los Picos de Europa, Gaviota de Andouin en Valencia y Cataluña, Visón europeo en Cataluña, y finalmente el Lagarto gigante en La Gomera. (Fuente: La Vanguardia)

Proyectos destacados de años anteriores son:

Proyecto LIFE "Conservación del oso pardo en Asturias" (Contrato LIFE Nº B4-3200/98/448), realizado por el Fondo para la Protección de los Animales Salvajes (FAPAS). Ha sido realizado entre los años 1998 y 2001, teniendo como objetivo mantener y aumentar en número de individuos de Oso pardo en la Cordillera Cantábrica. (Fuente: FAPAS)

En 1994 se pone en marcha el proyecto LIFE de Conservación de los Vertebrados Amenazados en los Pirineos, con el objetivo de conservar las tres especies más amenazadas de los Pirineos: El Bucardo, el Oso Pardo y el Quebrantahuesos. (Fuente: FCQ)

En 1998 el Gobierno de Aragón junto con la Fundación para la Conservación del Oso Pardo inician el Plan de Recuperación del Quebrantahuesos en los sistemas montañosos del Noroeste de España con apoyo financiero de la U.E. a través del Programa LIFE-Naturaleza (LIFE98 NAT/E/005296), con el objetivo de favorecer la recolonización del quebrantahuesos en el Sistema Ibérico, y consolidar las poblaciones pirenaicas (Fuente: FCQ)

En 1993 se inició el programa LIFE para la conservación del Aguila imperial ibérica, en Castilla- La Mancha, con un presupuesto de 446 millones de pesetas financiado en un 75 % por la Unión Europea. (Fuente: Junta de Castilla-La Mancha). En Castilla y León, se han aprobado proyectos LIFE para este ave en los años 1992 (LIFE92 NAT/E/014302), 1994 (LIFE94 NAT/E/001044), y (LIFE95 NAT/E/001151). (Fuente: Junta de Castilla y León. Consejería de Medio Ambiente)

Otros proyectos destacados en lo referente a la conservación de vertebrados amenazados en Castilla y León son:

Conservación del lince ibérico (Lynx pardina) en Castilla y León (LIFE94 NAT/E/001186, año 1994)

Conservación del lince ibérico (Lynx pardina) en Castilla y León (LIFE95 NAT/E/004817, año 1995)

Conservación y Gestión integral del hábitat de la avutarda (Otis tarda) en la ZEPA de Villafáfila (Zamora, España) (LIFE NAT-B4-3200/506, año 1996)

Acciones prioritarias para la protección de murciélagos en la Comunidad de Castilla y León (LIFE96 NAT/E/003081), Conservación del águila perdicera (Hieraetus fasciatus) y la cigüeña negra (Ciconia nigra) en la ZEPA de "Arribes del Duero" (Zamora, Salamanca - España) (LIFE NAT-B4-3200/97/253, año 1997)

Conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) en la ZEPA de Villafáfila (Zamora, España) (LIFE99 NAT-E-006341, año 1999)

Manejo del hábitat de la avutarda (Otis tarda) en la ZEPA de Villafáfila (Zamora, España) (LIFE99 NAT/E/006350, año 1999). (Fuente: Junta de Castilla y León. Consejería de Medio Ambiente)




Galería de imágenes




Gráficos interactivos